Comunicado sobre los bienes inmatriculados de la Iglesia en Coria-Cáceres

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Tras el informe sobre bienes inmatriculados de la Iglesia Católica presentado por la Conferencia Episcopal Española al Gobierno de España el lunes, 24 de enero de 2022, la Provincia Eclesiástica de Mérida-Badajoz, realizó un comunicado indicando que «es la intención de las diócesis de la Provincia eclesiástica de Mérida-Badajoz hacer un análisis detallado de los inmuebles en los que se haya detectado alguna clase de anomalía» y «una vez tengamos verificados los casos concretos en que nos afecte, informaremos de ello con toda transparencia, como es nuestro compromiso, al igual que ha hecho la Conferencia Episcopal».

El obispado de Coria-Cáceres reitera, en línea con la CEE, que «la Iglesia no quiere que esté a su nombre nada que no sea suyo. Por eso, si alguien viniese con mejor derecho y que pudiera revisar la inmatriculación realizada, cada institución de la Iglesia que haya inmatriculado está dispuesta a hacer esa revisión, si el derecho lo permite y las exigencias de la legalidad nos lo piden.»

Desde la Diócesis de Coria-Cáceres recordamos que los bienes de la Iglesia están al servicio del bien común, mediante las actividades de la comunidad cristiana. Y, desde esa actitud de servicio, reiteramos que muchos inmuebles de la Iglesia diocesana han sido cedidos por esta gratuitamente para la realización de distintas actividades, a diversos municipios, instituciones y asociaciones de la provincia y de la región.

Por último, seguimos llamando a la colaboración entre la Iglesia, las administraciones públicas y la sociedad extremeña en su conjunto, para cuidar y conservar nuestro patrimonio común y para que su uso eclesial, social, artístico y cultural pueda seguir realizándose al servicio de todos en las mejores condiciones.

INCIDENCIAS DEL INFORME

Por tanto, la Diócesis de Coria-Cáceres quiere clarificar los siguientes puntos de dicho informe, algunos de los cuales, contienen incidencias y errores significativos:

En el informe que el Congreso envío a la CEE aparecen 258, de las cuales se han verificado 221. Por lo tanto habría 37 incidencias que se desglosan de la siguiente forma: 1 de Comunidades religiosas / Otras Entidades religiosas, 1 duplicado, 6 con Inmatriculación /adquisición distinta 1998-2015, 5 no inmatriculados, 9 con otros errores, 6 con otra titularidad, 9 con otros títulos de adquisición.

Existe, por ejemplo, un error, cuando se atribuye Cabrero a la «Diócesis de Coria», primeramente, porque pertenece a Plasencia, y en segundo lugar la denominación de diócesis es incorrecta.

En el «Listado de bienes clasificados en la categoría de comunidades religiosas/otras entidades religiosas 1998-2015, durante la ley hipotecaria de 1998 a 2015» aparece un bien, el Monasterio de Santa Clara en Cáceres que NUNCA ha sido inmatriculado por la Diócesis de Coria-Cáceres

En este caso, lo que se comunica es el error existente en el listado facilitado por el Ministerio, que lo atribuye a la diócesis siendo propiedad del Monasterio de Santa Clara, cuestión que se notifica para su corrección, y que así recoge el informe de CEE.

En el «Listado de bienes clasificados en la categoría de duplicados, durante la Ley Hipotecaria de 1998 a 2015 -Real Decreto 1867/1998» aparece 1 bien inmatriculados propiedad de la Diócesis de Coria-Cáceres. Se refiere a la iglesia parroquial de Herrera de Alcántara. Aparece hasta tres veces en el listado del Ministerio, dos veces como duplicado y una tercera vez en el epígrafe 5.

En la actualidad el templo se encuentra pendiente de inmatriculación y la misma se realizará mediante expediente de dominio según indican los artículos 198.5 y 203 de la ley 13/2015 de Reforma de Ley Hipotecaria.

En el «Listado de bienes clasificados en la categoría de inmatriculaciones y adquisiciones distinta de 1998-2015, durante la ley hipotecaria de 1998 a 2015 -real decreto 1867/1998«. Este apartado se refiere a bienes que se han inmatriculado sin utilizar la vía del artículo 206 de la antigua Ley. Cada uno de esos 6 bienes tienen su propio título de dominio y no existe ninguna duda sobre la propiedad de la Diócesis sobre los mismos.

En el «Listado de bienes clasificados en la categoría de no inmatriculado, durante la Ley Hipotecaria de 1998 a 2015 -Real Decreto 1867/1998» aparecen un total de 5 bienes.

Pasamos a detallar los que están INDICADOS DE FORMA ERRóNEA EN ESTE EPíGRAFE del listado:

Ermita de Santa Lucía en Cáceres, ESTá INMATRICULADA CON NúMERO DE FINCA REGISTRAL 87545 en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº1 DE CáCERES, mediante el procedimiento indicado en el artículo 206 de la ley hipotecaria 1998-2015.

– La iglesia de Valencia de Alcántara no está inmatriculada. En la actualidad el templo se encuentra pendiente de inmatriculación y la misma se realizará mediante expediente de dominio según indican los artículos 198.5 y 203 de la ley 13/2015 de Reforma de Ley Hipotecaria.

En el «Listado de bienes clasificados en la categoría de otros / errores, durante la ley hipotecaria de 1998 a 2015 -real decreto 1867/1998″ aparecen un total de 9 bienes

– Existe una vivienda en Cáceres, pero el listado que ofrece el Ministerio, no aporta datos suficientes para poder identificarla, por lo que no podemos saber a qué inmueble se refiere. Por lo tanto, no podemos ratificar ni renunciar a la propiedad.

Un edificio en Coria que pertenecería a la Cofradía de Animas Benditas. QUE SIGUE EXISTIENDO, cuando en el listado se indica lo contrario. Se están realizando las comprobaciones oportunas para saber si les consta algún inmueble en su inventario. El inmueble, si existe, no sería nunca propiedad de la Diócesis y así se ha comunicado a la CEE.

– Una referencia sobre la ermita del Humilladero de Eljas. Este inmueble en realidad debería haber sido incluido en el epígrafe 2, pues se encuentra dos veces en el listado del Ministerio aunque con distinta denominación. Por un lado, se habla de ermita del Humilladero y por otra de Ermita del Santo Cristo, cuando en realidad es la ermita del Santo Cristo del Humilladero y como tal nos consta inscrita en el registro.

– Las incidencias del listado en la localidad de Pinofranqueado hacen referencia a un templo denominado «El Salvador» y otro templo denominado «Santa María Magdalena», en dicha localidad NO EXISTE ningún templo con esas denominaciones, pese a que sí existen en otras localidades de la diócesis pero con los datos aportados en el listado del Ministerio, NO PODEMOS IDENTIFICAR a qué localidad pertenecen.

– El resto de inmuebles -Finca rústica de Eljas, Vivienda en Galisteo y Finca rústica en Valdemorales NO PUDEN SER IDENTIFICADOS con los datos que proporciona el listado del Ministerio.

En cuanto al «Listado de bienes clasificados en la categoría de otros titulares, durante la Ley Hipotecaria de 1998 a 2015 -Real Decreto 1867/1998», se trata de 6 inmuebles

– El templo parroquial de San Pedro Apóstol de Eljas, NO CORRESPONDE a dicha localidad. Por lo que existe un error o bien en la localidad o en la denominación, por lo que con los datos aportados por el Ministerio no podemos identificarlo, debido a que existen 6 parroquias en la diócesis con esa denominación.

– En relación al templo y ermitas de Granadilla, el templo parroquial Sí es propiedad de la Diócesis pero no tenemos constancia de ninguna ermita. Manifestamos la singularidad de este enclave ya que fue expropiado por el Estado para la construcción del embalse de Gabriel y Galán.

– La casa parroquial de Salorino está catastrada a nombre de la Diócesis y pendiente del proceso de inmatriculación.

En cuanto al listado «Listado de bienes clasificados en la categoría de otros títulos por adquisición, durante la ley hipotecaria de 1998 a 2015 -real decreto 1867/1998″ constan 9.

La ermita de San Vito en Cáceres, en ruinas, es cedida/donada por el ayuntamiento a la Diócesis, estando enclavada actualmente a la circunscripción de San Blas.

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